El Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid elaboró la «Guía de buenas prácticas para la elaboración de informes psicológicos periciales sobre custodia y régimen de visitas de menores» con el apoyo de las Comisiones Deontológica y de Recursos del Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid, la Coordinadora Estatal de Psicología Jurídica del Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos además de Consultores externos.
Las Guías de Buenas Prácticas son una síntesis de los conocimientos adquiridos sobre la manera idónea de realizar una determinada práctica pericial a la luz de los conocimientos existentes en cada momento que sirva para orientar a los profesionales, a los usuarios, a la Administración y a la sociedad en general. especialmente relevante resulta la adopción de unas directrices comunes en uno de los ámbitos de actividad profesional como es la elaboración de informes periciales sobre guarda y custodia y régimen de visitas.
Los principios por los que se rige esta guía tomados literalmente de la misma, son:
1. El criterio del interés superior del menor como eje vertebrador que articula los contenidos de la GUÍA, no sólo porque así lo dispone nuestro ordenamiento jurídico, sino también porque las recomendaciones de los informes periciales sobre custodia afectan de manera trascendental al desarrollo personal de los menores.
2. El segundo de los principios, que se deriva del anterior, considera que cualquier evaluación sobre la idoneidad de los progenitores para ejercer la guarda y custodia de los hijos debe partir del criterio de que ambos son igualmente competentes para su ejercicio. Uno de los fines principales de la evaluación consistirá, por tanto, en confirmar esa idoneidad de cada una de las partes para cuidar al menor o, en caso contrario, en comprobar y justificar adecuadamente y en términos positivos la prevalencia de uno de los progenitores sobre el otro.
3.Finalmente, y en consideración a lo anterior, era ineludible establecer que la evaluación que se realice tiene que incluir al grupo familiar en su conjunto y en su totalidad, si se pretende que el informe que resulte de dicha evaluación tenga la consideración de informe pericial de valoración de las alternativas de guarda y custodia. De esta forma, a lo largo del presente documento se establece una clara diferencia entre lo que cabe considerar como informe psicológico sobre guarda y custodia y otros tipos de informes psicológicos (informes de capacidad de una persona para ejercer la custodia o informe de competencia parental, informes sobre la relación con uno de los padres, informes de la relación entre hermanos, etc.) que, aún pudiendo ser útiles por aportar información sobre la relación de los menores con una de las partes, al no valorar a todos los miembros de la unidad familiar y sus relaciones, no está justificado que formulen recomendaciones sobre el régimen de guarda y custodia o de visitas de los menores.
Aquí podéis descargar el documento en PDF.
Bárbara Zorrilla Pantoja
Psicoterapia Integral Mujer